El «MetaEstado» llamado la Organización de Naciones Unidas
- lemp
- 10 may 2019
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La Organización de las Naciones Unidas -en adelante ONU-, es la organización internacional suprema en el Sistema Internacional que se tiene en la actualidad. Se compone de seis órganos principales, los cuales son: la Asamblea General, el Consejo de Seguridad, el Consejo de Administración Fiduciaria, la Corte Internacional de Justicia, el Consejo Económico y Social y la Secretaría General. La ONU cuenta actualmente con ciento noventa y tres miembros y dos miembros observadores (o sea, no tienen derecho a voto, mas sí a tener voz). A manera de aclaración, al mencionar el «Sistema Internacional», me refiero a todo el conjunto de actores, factores y variables que coadyuvan en una relación constante a nivel internacional.
En este artículo mi propósito es defender mi postura e introducir el término de «MetaEstado» al lenguaje de las relaciones internacionales. Desconozco si ya fue introducido anteriormente, sin embargo, me parece un término adecuado para referirme a la idea concebida en la ONU desde su albor. Este concepto lo iré desarrollando a medida que explico brevemente -quizás somera- la historia de la ONU, su construcción y su forma de operar. Esto dará como resultado la explicación de porqué, en mi concepción sobre la ONU, afirmo que es un MetaEstado. No obstante, resulta imperativo explicar que a «meta» me refiero como algo más allá, algo después, algo ulterior al Estado. Con Estado, me refiero a la idea simplemente de un Estado, abordado desde la época de la Modernidad, y que actualmente se utiliza para referirse al conjunto de elementos territorio, población, gobierno y soberanía.
La ONU es una organización fundada oficialmente con la Carta de San Francisco el 26 de junio de 1945, días antes de la culminación de la Segunda Guerra Mundial que se estaba llevando en el lado del Océano Pacífico, antes de las bombas atómicas de Hiroshima y Nagasaki. Sin embargo, la Conferencia de San Francisco, durante la cual se firmó la Carta de San Francisco -llamada la Carta de las Naciones Unidas-, no fue la única para llegar a la formación de la ONU. Además de mencionar que su antecesora, la Liga de las Naciones, fundada oficialmente en 1920 y guiada por los 14 puntos de Woodrow Wilson en 1918, fue un fracaso debido a la falta de vinculación y de compromiso de las naciones, así como otros factores como la Segunda Guerra Mundial, entre otros. Parte de esto tiene relación a lo que constituye ese MetaEstado que es la ONU. En sí, la formación de la ONU tiene en su base siete conferencias previas a la de San Francisco.
La formación de la ONU tuvo su inicio con la Declaración del Palacio de St. James, en Londres, Reino Unido, en el año de 1941, precisamente el 12 de junio de ese año. Fue acuñada como la “Declaración de los Aliados”, y participaron los países de Australia, Bélgica, Canadá, Checoslovaquia, Francia, Grecia, Luxemburgo, Países Bajos, Nueva Zelanda, Noruega, Polonia, Sudáfrica, Reino Unido y Yugoslavia. Aclaro que es importante mencionar los nombres de los países para que se evidencie cómo fue la formación y entre quiénes se dio. En este lugar se declaró, de tal forma, que “La única base cierta de una paz duradera radica en la cooperación voluntaria de todos los pueblos libres que, en un mundo sin la amenaza de la agresión, puedan disfrutar de seguridad económica y social; nos proponemos a trabajar, juntos y con los demás pueblos libres, en la guerra y en la paz, para lograr este fin” (United Nations, 2015, pp. V-VI). En el contexto de esta declaración, es menester reconocer que el Reino Unido ya había sufrido en parte las consecuencias de la guerra, que era una constante amenaza para los distintos países.
Luego, en agosto de 1941, dio lugar la Carta del Atlántico, donde el presidente Delano Roosevelt, de los Estados Unidos de América -aún no se encuentra en estado de guerra-, pero que, junto al primer ministro del Reino Unido, Winston Churchill, se unieron para declarar ciertos principios comunes, que fueron ocho puntos que se referían a: no expansiones; no cambios territoriales contra la voluntad de los pueblos a quienes corresponde; el derecho al autogobierno, y el retorno a los que fueron privados de él; acceso a todos los Estados en igualdad de comercio; colaboración económica, ajustes económicos y seguridad social; libertad para recorrer los mares; y también se mencionó el desarme y el pendiente con el establecimiento de un sistema permanente de seguridad social (United Nations, 2015, pp. VI - VII). En algún lugar del mar se reunieron estas dos figuras, que establecieron puntos comunes de trabajo.
Luego, se dio la Declaración de las Naciones Unidas, donde representantes de 26 Estados se reunieron en enero de 1942, en Washington D.C., para suscribirse a los principios establecidos en la Carta del Atlántico, pero también con el convencimiento de los Estados para defender la vida, la libertad, la independencia y la libertad de religión, y, sobre todo, a preservar los derechos humanos y la justicia en los propios territorios y los de los demás (United Nations, 2015, p. VI).
La Conferencia de Moscú, en octubre de 1943, estableció el rumbo de las bases de una organización mundial. Participaron los ministros de Relaciones Exteriores de Moscú, Washington D.C., Reino Unido y el embajador de China en la Unión de Repúblicas Socialistas Soviéticas -en adelante URSS. En esta Conferencia se estableció la necesidad de los Estados para tener una organización internacional a nivel mundial, que se basara en la igualdad soberana, con acceso a todos los Estados grandes o pequeños, para mantener la paz y la seguridad internacionales (United Nations, pp. VI - VIII). La Conferencia de Teherán, en diciembre de 1943, fue la reafirmación de los puntos de la Conferencia de Moscú, donde se reunieron los líderes de los cuatro Estados: URSS, Estados Unidos de América, Reino Unido y China.

Desde agosto hasta octubre de 1944, se dio la Conferencia de Dumbarton Oaks. Esta Conferencia, a mi parecer, es la más trascendental previo a la de San Francisco. Fueron discusiones entre la URSS, China, Estados Unidos de América y Reino Unido. Prácticamente la Conferencia de Dumbarton Oaks fue el inicio del Consejo de Seguridad de la ONU. En esta Conferencia se establecieron cuatro aspectos importantes a considerar: 1) estructura: se estableció la necesidad de integrar la organización con cuatro organismos. Una Asamblea General, con todos los miembros; un Consejo de Seguridad con once miembros (aquí también se estableció lo de cinco miembros permanentes); un Consejo Económico y Social; y, una Corte Internacional de Justicia (cuya antecesora era la Corte Permanente de Justicia Internacional, parte del Pacto de la Sociedad de las Naciones); 2) funciones: el Consejo de Seguridad estaría a cargo de evitar el surgimiento de más conflictos armados; la Asamblea General de discutir y recomendar las medidas de promoción a la cooperación internacional; 3) Método de votación: este no se culminó en esta Conferencia, pero será parte de la siguiente; y, 4) Fuerzas armadas: a comparación de la Sociedad de las Naciones, esta organización sí tendría, bajo el mando del Consejo de Seguridad, uso de fuerzas armadas para la paz, con el fin de impedir guerras y evitar los actos de agresión. La Conferencia de Yalta, en febrero de 1945, fue en la que se discutió el procedimiento de votación, y que también establecería la próxima sesión, en San Francisco. En estas dos conferencias se invitó a los Estados aliados, quienes aclamaron la propuesta y el liderazgo que tuvieron los líderes en la consecución de este proyecto. Meses después fallecería el presidente Delano, y sería Harry S. Truman, quien tomaría su lugar.
Finalmente, la Conferencia de San Francisco, la más conocida, la que dio lugar a la ONU. En esta se incorporaron las medidas adoptadas en la Conferencia de Dumbarton Oaks, y las medidas adoptadas en Yalta, Crimea, para la creación de lo que hoy es la ONU.
Algo que se puede concluir, por el momento, es que la ONU, más que ser una organización que vela intrínsecamente por los derechos humanos, y otras cosas, es una organización que, primordialmente, está constituida para los actos de fuerza, para evitar guerras, agresiones, etc. Ahora, es momento de retomar toda esta historia, en donde se puede observar que hay potencias estatales que jugaron el rol primordial en la creación. Estas potencias son la URSS, Estados Unidos y Reino Unido. Evidentemente, es menester recordarlos en todo momento para lo que voy a escribir a continuación.
El preámbulo de la Carta de las Naciones Unidas -en adelante la Carta-, establece que se reafirma “La fe en los derechos fundamentales del hombre, en la dignidad y el valor de la persona humana, en la igualdad de derechos de hombres y mujeres y de las naciones grandes y pequeñas”. Otra vez repetiré esta última parte “Igualdad de derechos de las naciones grandes y pequeñas”. Que no se olvide esta pequeña parte. En este sentido, me fijaré en dos órganos principales de la ONU, los cuales son la Asamblea General, pero, sobre todo, en el Consejo de Seguridad.
La Asamblea General es el órgano principal y deliberativo de la ONU. Su base es “una nación, un voto”. Es la idea más impresionante, dotando, evidentemente, de igualdad a los Estados a la hora de decidir. La Asamblea General es un órgano compuesto para recomendar y discutir temas relacionados a cooperación internacional en lo económico, político, cultural, humanitario, mantenimiento de la paz y la seguridad internacionales y desarme. No obstante, las decisiones de la Asamblea General no son vinculantes. La Asamblea General no puede obligar a un órgano ni a un Estado a hacer algo, o no. Su alcance es, por ende, limitado, ya que los Estados, en el caso de la Asamblea General, realmente dependen de la cooperación y determinación voluntaria. A diferencia del Consejo de Seguridad, las decisiones tomadas son vinculantes.
Ahora bien, el Consejo de Seguridad actualmente está constituido por quince miembros: cinco son permanentes y los otros diez son electos en la Asamblea General. Los cinco miembros permanentes son Rusia, China, Estados Unidos, Reino Unido y Francia. Los otros diez miembros son electos en la Asamblea General, para llenar el cupo requerido, y por un lapso de alternancia no mayor a dos años. El Consejo de Seguridad es imprescindible conocerlo para desarrollar lo que es el MetaEstado. Para conocer lo más determinante acerca del Consejo de Seguridad de la ONU, es que las resoluciones son vinculantes en el ejercicio de funciones. Es decir, sus decisiones sí son aplicadas en el ejercicio según lo que se establezca a manera de velar por su principal objetivo: mantener la paz y seguridad internacionales. No obstante, eso no es lo que marca el hecho de un MetaEstado como tal. Los cinco miembros permanentes, cuyos nombres se mencionaron anteriormente, son los únicos con derecho a veto. Por ello, las decisiones sustanciales en el Consejo de Seguridad, ameritan los nueve votos de los países miembro, incluyendo los votos a favor de los cinco Estados. Esto quiere decir que si un Estado de los miembros permanentes no vota a favor, automáticamente veta la decisión, y se fragua así lo que se había estado trabajando.
¿Qué tiene que ver esto con el MetaEstado?
Según Kenneth Waltz, quien marca el paradigma del neorrealismo en las Relaciones Internacionales, sostiene que el Sistema Internacional es anárquico, la anarquía internacional (ausencia de un gobierno), es decir, la ausencia de una estructura jerárquica entre los Estados, para sostener un equilibrio de poder, y así evitar el conflicto -las guerras- entre los actores del Sistema Internacional. De tal forma, no existe un gobierno central a nivel internacional. Es imprescindible notar que la ONU es la mayor organización de política exterior a nivel mundial, no obstante, no quiere decir que sea un gobierno.
Pero, retomando al MetaEstado, ¿qué me lleva a decir que la ONU es un MetaEstado? Dejando de lado las características del Estado, como comúnmente se le podría atribuir, es necesario tomarlo como una forma de organización en que confluyen estos actores, los Estados, pero hay cinco que tienen otros derechos. He ahí donde radica la crítica propuesta en este artículo. Tomando en cuenta el discurso de Muamar el Gadafi, exlíder que dirigió Libia por más de cuarenta años hasta el 2011 donde fue asesinado en Sirte, Libia. En su discurso en la Asamblea General de la ONU, en la 64º sesión, año 2009, él indicó que la Carta de la ONU se contradice en sí misma, sobre todo, al hablar del preámbulo, donde se señala “Nosotros los pueblos de las Naciones Unidas resueltos […] A reafirmar la fe en los derechos fundamentales del hombre, en la dignidad y el valor de la persona humana, en la igualdad de derechos de hombres y mujeres y de las naciones grandes y pequeñas” (United Nations, 2015, p. 2). Gadafi indicó que el derecho de veto no responde a los mismos derechos de igualdad de naciones pequeñas y grandes.
El derecho de veto es característico de los Estados permanentes del Consejo de Seguridad de la ONU, eso cinco miembros que hemos señalado: Estados Unidos, Reino Unido, Francia, Rusia y China. Es el único órgano de la ONU en que sus decisiones sí vinculan a los Estados en la práctica. Pero, para ahondar un sobre el derecho de veto, ¿en qué consiste? El derecho de veto es el derecho de los miembros permanentes para determinar si una decisión pasa o no. Es decir, en el Consejo de Seguridad, todos los miembros permanentes deben estar a favor o en abstención para que la decisión del comité se convierta en una resolución. Si uno de esos miembros permanente está en contra, la decisión simplemente no pasa. Entonces el Consejo de Seguridad debe tener, para llegar a una resolución, nueve votos a favor incluyendo los votos de los cinco miembros permanentes, o que estén en abstención. Esa es la dinámica del Consejo de Seguridad, que nada tiene que ver con “Una nación, un voto”.
Entonces, la ONU está contradiciendo, en práctica, con los principios fundamentales de igualdad de las naciones, dando prioridad a cinco Estados miembro en el único comité con decisiones obligatoriamente vinculantes de las Naciones Unidas. Por ello, aquí defiendo mi afirmación de que la ONU es un MetaEstado, porque, al final, el órgano de la ONU con mayor peso decisivo, es el Consejo de Seguridad, cuyo cargo es de velar en las situaciones de mantenimiento de paz y seguridad internacionales. MetaEstado porque, a pesar de la ausencia de un gobierno central, cinco Estados tienen a su mando un derecho único dentro de la ONU. Además, es interesante notar que son los miembros que impulsaron históricamente el inicio de la ONU, y que estuvieron presentes en las declaraciones y conferencias previas a la de San Francisco. De tal manera, cinco Estados tienen mayor potestad que los demás, y así, se conforma algo más allá del Estado. No obstante, esto responde, quizás, a ciertas dinámicas que, de otra manera, no se podrían dar, o responde bien a los resultados históricos.
Estas dos últimas ideas porque, su antecesor, la Sociedad de las Naciones, fue un fracaso al poco tiempo, como resultado de la falta de compromiso de los Estados, sobre todo, de las grandes potencias militares, políticas y económicas. Quizás, por ello, la ONU mantiene esta estructura con el fin de preservar su rol a nivel internacional, ya que, de otra forma, los miembros permanentes, podrían no estar asegurados, y posicionar otro fallo más en una organización internacional. Es darle ciertas ventajas que a estos miembros, que, de otra forma, la ONU no podría sostenerlos satisfechos. Es una manera de garantizar que el funcionamiento de la ONU se mantenga, a pesar de su gran y evidente contradicción.
Fuentes:
United Nations (2015). Charter of the United Nations and Statute of the International Court of Justice. Nueva York, Estados Unidos: United Nations Publications Edition.



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